sábado, 25 de julio de 2009

Los piratas informáticos operan cada vez más como empresas


La firma californiana Cisco, fabricante de equipos de redes informáticas, enumeró las amenazas en un informe que concluye que los piratas informáticos operan cada vez más como empresas exitosas.
Por Glenn Chapman, de AFP

SAN FRANCISCO, EEUU
Los cibercriminales imitan a los ejecutivos cuando se trata de ventas, márketing y administración del riesgo en el mundo del engaño virtual, según un informe divulgado ayer por el gigante de redes Cisco.

"Muchas de las técnicas que usan actualmente no son nuevas; se trata realmente de cómo hacen algunas de las mismas cosas viejas", indicó el investigador en seguridad de Cisco, Patrick Peterson.

La firma californiana fabricante de equipos de redes informáticas enumeró las amenazas en un informe que concluye que los piratas informáticos operan cada vez más como empresas exitosas.

Peterson citó por ejemplo cómo los ?hackers' capitalizaron el interés por la muerte del ícono del pop Michael Jack- son, a fines de junio.

Los desastres, la vida de las celebridades y otras noticias de actualidad son alimento de rutina para correos electrónicos falsos y sitios web con virus informáticos, pero en el caso de Jackson los piratas idearon historias noticiosas falsas para engañar a los lectores.

"Tenían a sus editores criminales trabajando en copias de la historia tan rápido como ocurría", dijo Peterson. "Pusieron historias de Jackson en el mercado de una forma que compite con los medios de prensa. Tienen una ventaja: no tienen que hacer ningún tipo de reportaje", añadió.

Miles de millones de correos basura con vínculos a sitios web falsos o a vídeos que prometían imágenes de Jack- son e información fueron lanzados a la red en los días posteriores a su muerte, el 25 de junio, según Cisco.

Quienes caían en la trampa y acudían al vínculo se convertían en
"clientes" cuyas computadoras comenzaron a ser infectadas con códigos para robar datos o usurpar el control de las máquinas.

Los criminales están aprovechando además la tendencia de ofrecer aplicaciones informáticas en internet, como servicios. Las computadoras infectadas son usadas para lanzar ataques informáticos, según Cisco.

"ANTI-ANTI-VIRUS". Peterson se refirió a una operación "anti-anti-virus" denominada "Virtest", que les cobra mensualmente a los hackers para mantenerlos informados sobre qué firmas de seguridad pueden detectar sus programas maliciosos.


"Es un servicio criminal", dijo Peterson sobre la operación, que parece estar basada en Rusia. "Habíamos visto muchos ejemplos de criminales compartiendo herramientas, pero nunca habíamos visto una empresa comercial como ésta".

Los creadores de correo basura también emplean una práctica de márketing que consiste en presentar sitios web falsos con términos típicamente usados como palabras claves en varios motores de búsqueda en internet, para que estos sitios aparezcan entre los primeros lugares en las búsquedas.

Cisco se refirió a esta práctica como "Spamdexing", estimando que la mayoría de los consumidores tienden a confiar en los ránkings de estos motores de búsqueda, por lo que pueden descargar el software falso.

Los hackers también están buscando presas en la creciente población de usuarios de teléfonos móviles, enviándoles mensajes de texto engañosos.

Los sitios de redes sociales también se están convirtiendo en un territorio popular para los cibercriminales, según Cisco. Las personas de estas comunidades virtuales tienen más tendencia a clickear en vínculos y descargar contenidos que creen provienen de personas que conocen y son de su confianza, estimó el informe.

COMPUTADORAS

Dell, el segundo mayor fabricante global de computadoras, dijo ayer que la demanda de grandes y pequeñas empresas aún es muy débil y que la compañía enfrenta un gran desafío en su negocio de equipos en el largo plazo, porque la caída en los precios presionará sus márgenes.

Las acciones de la empresa, que el lunes pronosticó una caída en sus márgenes brutos en el trimestre que termina en julio por los mayores costos de los componentes, caían ayer en un 6,53 por ciento.

El presidente financiero de la firma, Brian Gladden, dijo en una reunión con analistas que espera que la unidad de equipos tenga un crecimiento en ventas unitarias de un 10 por ciento o más entre el año fiscal 2010 y el 2012, pero que los ingresos de esa división suban entre un 0 y un 5 por ciento.

"Este es el mundo en el que vivimos con el negocio que tenemos ahora y entendemos totalmente esa dinámica", comentó.

Como otras empresas del sector, Dell está sufriendo con la fuerte caída en la demanda de tecnología por la recesión global y también por la tendencia de consumo que apunta a máquinas más baratas, que dejan menores márgenes.

Comentario
Los piratas informáticos, llamados hackers o también cibercriminales realizan un trabajo cada vez mas impecable en cuanto a marketing y administración del riesgo en el mundo del engaño virtual, intentan captar a través de mensajes de correo electrónico los datos personales o las claves de acceso de las posibles víctimas, utilizan tácticas de manipulación para persuadir a los usuarios. Su primer objetivo es que el mensaje parezca real e inspire confianza. Y esta comprobado que cualquier persona puede caer en sus garras, independientemente del nivel de experiencia con el ordenador. Por fortuna, es fácil de evitar ser víctima de un «pirata informático» siguiendo algunos sencillos pasos. Los expertos aconsejan sospechar de los mensajes con peticiones urgentes de claves o datos personales y no rellenar los formularios que solicitan. Los bancos nunca piden esa información por correo electrónico. No pinche en el enlace del mensaje, es mejor que teclee esa dirección directamente en la ventana del navegador. Utilice una tarjeta de crédito exclusiva para las compras por internet (y que esté asociada a una cuenta con poco dinero, el justo para hacer la transacción). Asegúrese de que el programa de navegación está actualizado con los últimos parches de seguridad. Instale un software que filtre los mensajes fraudulentos.

sábado, 4 de julio de 2009

Tarea 10

1.      Elegir una materia de semestres anteriores y ver en que ámbito se puede aplicar el derecho informático.

2.      realizar un árbol del problema y un informe en máximo 150 palabras.-

Desarrollo.-

1.      Podemos utilizar el derecho informático en el derecho civil, específicamente en el nombre y datos personales.-

2.      Árbol del Problema.-

EFECTO

Dificultad en el almacenamiento de datos personales

PROBLEMAS

Escasa utilización de sistemas informáticos en centros de identificaciones

CAUSA

Falta de suministros y la casi nula actualización de sistemas tecnológicos

OBJETIVO

Lograr una mayor eficacia en la recolección y almacenamiento de datos de la población en general

SOLUCION

Mayor inversión y abastecimiento de insumos tecnológicos, así como la capacitación de las personas encargadas

 

En el caso del nombre podríamos aplicar el derecho informático, teniendo en cuenta la cantidad de personas con que cuenta nuestra sociedad actual, fue necesaria la implementación de los servicios informáticos para un mejor control y evitar así una adulteración en documentos o el uso de las identidades de otras personas con fines delictivos, por eso mediante la informatización de los sistemas en el Registro Civil o Juzgados se facilitó el control de las identidades de los ciudadanos inscriptos por supuesto.

Por igual se aprovecha la informática en la oficina de Identificaciones, mediante el ingreso de mínimos datos se puede saber si la persona registra antecedentes, su domicilio y otros que posibilitan un mejor control y protección a la ciudadanía

 

Tarea 9

EJEMPLO  

Tráfico de bebés en sitios ventas por Internet

 

DESCRIPCIÓN 

Publicación de avisos donde ofrecen a pequeños y niños por nacer. 

 

CONCEPTO

Tráfico de Niños: la transferencia de un niño de un lugar a otro, cualquiera sea el fin, a cambio de una compensación monetaria u otra forma de pago. En algunos casos los niños sujetos a tráfico pueden ser raptados y luego entregados a otra familia a cambio de dinero, cancelación de una deuda, protección contra atacantes en áreas de alto riesgo o retirar cargos judiciales.

Tarea 8


VIDEOS SOBRE DELITOS INFORMÁTICOS

Hoy no van a escuchar muchas expresiones del estilo “conferencia”; sino más bien, se propone compartir una serie de videos donde verdaderos especialistas nos advierten de las nuevas tendencias en los ataques informáticos, cuales son los delitos y fraudes más comunes; así como otros expertos nos hacen sugerencias básicas y resaltan la importancia de proteger nuestra red hogareña y/o profesional. Esperamos que esta serie de VIDEOS nos ayude a reflexionar un poco más sobre nuestras políticas de Seguridad Informática (PSI), en la dimensión país, y su proyección internacional (o mejor viceversa).

 

1º PRIMER VIDEO: INGENIERIA SOCIAL POR TELEFONO

http:// cxo-community.com.ar/index.php?option=com_content&task=view&id=1040&itemid=142

 

2º SEGUNDO VIDEO: DELITOS INFORMATICOS

http:// cxo-community.com.ar/index.php?option=com_content&task=view&id=462&itemid=142

 

3º TERCER VIDEO: SEGURIDAD INFORMATICA POR ROBERTO LANGDON

http:// cxo-community.com.ar/index.php?option=com_wrapper&itemid=90

 

4º CUARTO VIDEO: DELITOS INFORMATICOS EN CHILE

http:// cxo-community.com.ar/index.php?option=com_content&task=view&id=346&itemid=142

 

5º QUINTO VIDEO: LAS NUEVAS AMENAZAS CAMBIAN EL CONCEPTO DE SEGURIDAD

http:// cxo-community.com.ar/index.php?option=com_content&task=view&id=297&itemid=142

 

6º SEXTO VIDEO: CASO DE ESTUDIO NUMERO 1: CHILE – SEGURIDAD DE LA INFORMACION

http:// cxo-community.com.ar/index.php?option=com_content&task=view&id=156&itemid=142

 

7º SEPTIMO VIDEO: PRIMER CORTOMETRAJE DE SEGURIDAD INFORMÁTICA TITULADO“MEDIA VIDA”, UN FILM DE DELACREW

http:// cxo-community.com.ar/index.php?option=com_content&task=view&id=22&itemid=142

 

8º OCTAVO VIDEO: SEGUNDO CORTOMETRAJE DE SEGURIDAD INFORMATICA TITULADO“REMOVE”, UN FILM DE DELACREW

http:// cxo-community.com.ar/index.php?option=com_content&task=view&id=23&itemid=142

Con esta serie de videos que muestran y explican major, que cualquier tipo de comentario u opinión los peligros a los que estamos expuestos respecto a la seguridad informática en el contexto del derecho, y resaltan la importancia de la seguridad en todo su ámbito, iniciamos el proceso de desentrañar los intrincados caminos que se configuran en la construcción del Derecho Informático en el Paraguay.

REFERENCIAS:

FUENTES PRINCIPALES:

http:// cxo-community.com.ar//http://apokalyptica79.wordpress.com/2008/09/26/implementacion-de-las-psi-y-los-delitos-informaticos-videos/ 

Guía de trabajo: Elegir un video y hacer un árbol de problema, en hoja blanca, puede ser a mano. (Presentación individual)

1º PRIMER VIDEO: INGENIERIA SOCIAL POR TELEFONO 

CAUSA1

La habilidad de los hackers o piratas informáticos para convencer a la empleada de facilitar la información.

 CAUSA2

En algunos casos el nivel de seguridad de los mismos no es demasiado elevado, o no hay suficiente educación laboral en cuanto a este tema.

PROBLEMA

El robo de contraseñas de empleada de una empresa para acceder a informaciones confidenciales de la misma.

EFECTO1

La pérdida de datos y dinero de la empresa.

EFECTO2

Desvío de transacciones y documentos a otras cuentas.

SOLUCIÓN

Un control más estricto a los sistemas informáticos de las empresas, estar al tanto de dar este tipo de información solo personalmente y la creación de leyes más severas para este tipo de delitos.

Tarea 7

Para el tratamiento de la Informática Jurídica se requiere de:

a-    De un nuevo cuerpo Jurídico.

b-   Modificación a la norma existente. (Modificación de Códigos)

c-    Teoría Ecléctica (paralela, puede ser una combinación u otros)


Modificación a la norma existente 

Para el tratamiento de la Informática Jurídica se requiere de una Modificación a la norma existente, para adecuarla a las leyes vigentes es decir agregar nuevos métodos donde se implemente una seguridad plena, evitando que datos importantes y confidenciales de empresas o particulares sean manipulados con fines delictivos.

A su vez implementar nuevas sanciones equitativas no previstas aún en nuestro código penal y civil aplicables a delitos informáticos. 

Tarea 6

Se consideran como pornografía infantil a aquellas representaciones fotográficas o fílmicas en formatos digital o analógico de menores de edad de cualquier sexo en conductas sexualmente explícitas ya sea solos o interactuando con otros menores de edad o con adultos.

En los últimos años la población general ha tenido un mayor acceso a la pornografía debido al crecimiento de Internet. Ayudado por el creciente número de noticias en los diarios sobre escándalos relacionados con el descubrimiento de Redes de pornografía infantil y Pederastia en Internet, se ha producido alarma en ciertos sectores de la población y preocupación respecto a la seguridad y riesgos de los menores de edad cuando navegan por Internet. La tendencia de la sociedad es de adoptar mayores restricciones, siendo la pornografía infantil y la pedofilia temas que generan reacciones tan viscerales que mucha gente se muestra dispuesta a sacrificar sus propias libertades civiles en función de mayores controles que eviten la proliferación de material y permitan la detección y desmantelamiento de sus redes. La pornografía ilegal en cambio se ubica en varios escenarios, el primero cuando pornografía Legal (exclusiva para público adulto), es presentada a menores, un segundo escenario, está delimitado por pornografía Ilegal (prohibida para todo público adulto), bien por presentar contenidos intolerables (aunque participen sólo adultos), hasta la forma más aberrante que es la señalada por la participación de menores en su producción

 

Mapa conceptual, desglosando las causas y efectos.

CAUSA1

La cantidad de visitas a estos sitios, llego en el 2005 a un incremento alarmante del 70% de sitios Pederastas, según informes policiales recopilados de todo el mundo.

CAUSA2

La distribución de esta clase de fotos y filmes ha crecido rápidamente por las nuevas formas de distribución (Internet) y por proceso de manufactura anónimo (cámaras digitales).

PROBLEMA

Pornografía Infantil

EFECTO

Cada año muchos miles de niños y niñas son dañados mental y físicamente por la pornografía infantil.

EFECTO

Es un instrumento para perjudicar a los niños ya que estos están en constante peligro y al asecho de aquellas personas que se dedican a ser estos videos.

Tarea 5

1- Tema: Estafas en Internet

2- Realizar un árbol del problema sobre ese tema

Causa

La habilidad de los hackers o piratas informáticos para el ingreso a páginas de bancos o financieras, y porque no del estado

Causa

En algunos casos el nivel de seguridad de los mismos no es demasiado elevado, por lo cual facilita el acceso a ellos

Problema

El robo de datos y la problemática de reconocer y castigar a los delincuentes informáticos

Efecto

Desvío de transacciones y documentos del banco a otras cuentas

Efecto

La pérdida de datos y dinero de los usuarios de los bancos

Solución

Un control más estricto a los sistemas informáticos de las empresas o bancos, y la creación de leyes más severas para este tipo de delitos







Tarea 4

LA INFORMÁTICA JURÍDICA Y EL DERECHO INFORMÁTICO COMO CIENCIAS.

EL DERECHO INFORMÁTICO COMO RAMA AUTÓNOMA DEL DERECHO

1. INTRODUCCIÓN

2. ¿CONSTITUYEN EL DERECHO INFORMÁTICO Y LA INFORMÁTICA JURÍDICA VERDADERAS CIENCIAS?

3. INSTITUTOS Y CENTROS DE INVESTIGACIÓN.

4. ORGANISMOS RELACIONADOS

5. CONCLUSIONES

6. DEBATE

DESARROLLO

1. INTRODUCCIÓN

Entre el Derecho y la Informática se podrían apreciar dos tipos de interrelaciones. Si se toma como enfoque el aspecto netamente instrumental, se está haciendo referencia a la informática jurídica. Pero al considerar a la informática como objeto del Derecho, se hace alusión al Derecho de la Informática o simplemente Derecho Informático.

La cibernética juega un papel bastante importante en estas relaciones establecidas en el párrafo anterior.

Por cuanto sabemos que la cibernética es la ciencia de las ciencias, y surge como necesidad de obtener una ciencia general que estudie y trate la relación de las demás ciencias.

De esta manera, tenemos a la ciencia informática y por otro lado a la ciencia del derecho; ambas disciplinas interrelacionadas funcionan más eficiente y eficazmente, por cuanto el derecho en su aplicación, es ayudado por la informática; pero resulta que ésta debe de estar estructurada por ciertas reglas y criterios que aseguren el cumplimiento y respeto de las pautas informáticas; así pues, nace el derecho informático como una ciencia que surge a raíz de la cibernética, como una ciencia que trata la relación derecho e informática desde el punto de vista del conjunto de normas, doctrina y jurisprudencia, que van a establecer, regular las acciones, procesos, aplicaciones, relaciones jurídicas, en su complejidad, de la informática. Pero del otro lado encontramos a la informática jurídica que ayudada por el derecho informático hace válida esa cooperación de la informática al derecho.

En efecto, la informática no puede juzgarse en su simple exterioridad, como utilización de aparatos o elementos físicos electrónicos, pura y llanamente; sino que, en el modo de proceder se crean unas relaciones inter subjetivas de las personas naturales o jurídicas y de entes morales del Estado, y surgen entonces un conjunto de reglas técnicas conectadas con el Derecho, que vienen a constituir medios para la realización de sus fines, ética y legalmente permitidos; creando principios y conceptos que institucionalizan la Ciencia informática, con autonomía propia.

Esos principios conforman las directrices propias de la institución informática, y viene a constituir las pautas de la interrelación nacional-universal, con normas mundiales supra-nacionales y cuyo objeto será necesario recoger mediante tratados públicos que hagan posible el proceso comunicacional en sus propios fines con validez y eficacia universal.

 

2. ¿CONSTITUYEN EL DERECHO INFORMÁTICO Y LA INFORMÁTICA JURÍDICA VERDADERAS CIENCIAS?

Para contestar esta pregunta es necesario hacer un análisis de los conceptos: Ciencia, Informática jurídica y Derecho Informático.

 ¿QUÉ ES UNA CIENCIA?

Según la Real Academia Española la Ciencia es:

"El conocimiento cierto de las cosas por sus principios y causas. //2. Cuerpo de doctrina metódicamente formado y ordenado que constituye un ramo particular del humano saber....//4. Habilidad, maestría, conjunto de conocimientos en cualquier cosa".

Sin duda alguna, que tanto la informática jurídica como el derecho informático constituyen conocimientos, principios, doctrinas, que catalogan a estas disciplinas como ciencias, que tienen como marco estricto a la iuscibernética y como marco amplio a la cibernética.

 ¿QUÉ ES LA INFORMÁTICA JURÍDICA?

Es una ciencia que estudia la utilización de aparatos o elementos físicos electrónicos, como la computadora, en el derecho; es decir, la ayuda que este uso presta al desarrollo y aplicación del derecho.

En otras palabras, es ver el aspecto instrumental dado a raíz de la informática en el derecho.

 ¿QUÉ ES EL DERECHO INFORMÁTICO O DERECHO DE LA INFORMÁTICA?

El derecho informático es la otra cara de la moneda. En esta moneda encontramos por un lado a la informática jurídica, y por otro entre otras disciplinas encontramos el derecho informático; que ya no se dedica al estudio del uso de los aparatos informáticos como ayuda al derecho, sino que constituye el conjunto de normas, aplicaciones, procesos, relaciones jurídicas que surgen como consecuencia de la aplicación y desarrollo de la informática.

Es decir, que la informática en general desde este punto de vista es objeto regulado por el derecho.

Ahora bien, la informática jurídica constituye una ciencia que forma parte del ámbito informático, demostrando de esta manera que la informática ha penetrado en infinidad de sistemas, instituciones, etcétera; y prueba de ello es que ha penetrado en el campo jurídico para servirle de ayuda y servirle de fuente.

Por lo tanto, la informática jurídica puede ser considerada como fuente del derecho, criterio propio que tal vez encuentre muchos tropiezos debido a la falta de cultura informática que existe en nuestro país.

Al penetrar en el campo del derecho informático, se obtiene que también constituya una ciencia, que estudia la regulación normativa de la informática y su aplicación en todos los campos.

Pero, cuando se dice derecho informático, entonces se analiza si esta ciencia forma parte del derecho como rama jurídica autónoma ; así como el derecho es una ciencia general integrada por ciencias específicas que resultan de las ramas jurídicas autónomas, tal es el caso de la civil, penal y contencioso administrativa.

La Informática Jurídica y el Derecho informático tienen sus propios principios.

 

¿ES EL DERECHO INFORMÁTICO UNA RAMA DEL DERECHO?

Al respecto, según encuentros sobre informática realizadas en Facultades de Derecho en España a partir de 1.987, organizados por ICADE, siempre surgían problemas a la hora de catalogar al Derecho Informático como rama jurídica autónoma del derecho o simplemente si el derecho informático debe diluirse entre las distintas ramas del derecho, asumiendo cada una de estas la parte que le correspondiese.

Por exigencias científicas, por cuanto un conjunto de conocimientos específicos conllevan a su organización u ordenación, o por razones prácticas que llevan a la separación del trabajo en vías de su organización, se encuentra una serie de material de normas legales, doctrina, jurisprudencia, que han sido catalogadas y ubicadas en diversos sectores o ramas. Dicha ordenación u organización del derecho en diversas ramas, tiene en su formación la influencia del carácter de las relaciones sociales o del contenido de las normas, entonces se van formando y delimitando en sectores o ramas, como la del derecho civil, penal, constitucional, contencioso administrativo..., sin poderse establecer límites entre una rama jurídica y otra por cuanto, existe una zona común a todas ellas, que integran a esos campos limítrofes. De manera que esta agrupación u ordenación en sectores o ramas da origen a determinadas Ciencias Jurídicas, que se encargan de estudiar a ese particular sector que les compete.

Para analizar esta situación, es necesario mencionar las bases que sustentan a una rama jurídica autónoma, y al respecto se encuentran:

· Una legislación especificada (campo normativo).

· Estudio particularizado de la materia (campo docente).

· Investigaciones, doctrinas que traten la materia (campo científico).

· Instituciones propias que no se encuentren en otras áreas del derecho (campo institucional).

Ahora bien, ¿qué sucede con el derecho informático?

Generalmente el nacimiento de una rama jurídica surge a consecuencia de cambios sociales reflejados en las soluciones normativas al transcurso de los años. Pero resulta que, en el caso de la informática no hubo ese transcurrir del tiempo en los cambios sociales, sino que el cambio fue brusco y en poco tiempo, se lograron de esta manera sociedades altamente informatizadas, que sin la ayuda actual de la informática colapsarían.

No obstante, a pesar de esta situación existen países desarrollados como España en los que sí se puede hablar de una verdadera autonomía en el derecho informático, haciendo la salvedad de que esta ciencia como rama jurídica apenas nace y se está desarrollando, pero se está desarrollando como una rama jurídica autónoma.

En el caso de Venezuela, son muy pocos los sustentos que encontramos para el estudio de esta materia, tal vez su aplicación se limita fundamentalmente a la aparición de libros con normativas (doctrina), y comentarios de derecho informático.

Pero tal vez, sea más fácil para los abogados buscar esta normativa en las otras ramas del derecho, por ejemplo; acudirían al Código Civil para ver lo relativo a las personas (protección de datos, derecho a la intimidad, responsabilidad civil, entre otras).

Resulta, sin embargo, que esta situación no se acopla con la realidad informática del mundo, ya que existen otras figuras como los contratos electrónicos y documentos electrónicos, que llaman a instituciones que pertenezcan a una rama autónoma del derecho.

En este orden de ideas, es menester entonces concluir que en el derecho informático si existe legislación específica, que protege al campo informático. Tal vez no con tanta trayectoria y evolución como la legislación que comprenden otras ramas del derecho, pero si existe en el derecho informático, legislación basada en leyes, tratados y convenios internacionales, además de los distintos proyectos que se llevan a cabo en los entes legislativos de nuestras naciones, con la finalidad del control y aplicación lícita de los instrumentos informáticos.

Con respecto a las instituciones propias que no se encuentren en otras áreas del derecho (campo institucional), se encuentra el contrato informático, el documento electrónico, el comercio electrónico, entre otras, que llevan a la necesidad de un estudio particularizado de la materia ( campo docente), dando como resultado las Investigaciones, doctrinas que traten la materia (campo científico).

En efecto, se pueden conseguir actualmente grandes cantidades de investigaciones, artículos, libros, e inclusive jurisprudencia que esté enmarcada en la interrelación entre el derecho y la informática, como se ha constatado en los Congresos Iberoamericanos de Derecho e Informática.

A continuación y para mejor apreciación de la importancia que tiene el Derecho Informático, se presenta una lista donde se escriben algunas de las instituciones del mundo en las que se investiga y trata la interrelación entre el derecho y la informática:

 

3. INSTITUTOS Y CENTROS DE INVESTIGACIÓN.

 ALEMANIA:

· Instituto para el Derecho y la Tecnología. Universidad de Erlangen.

· Instituto para la Informática y el Derecho. Universidad des Saarlands.

· Instituto para la Informática Jurídica. Universidad de Hannover.

· Instituto para la Información las Telecomunicaciones y el Derecho de los "Media". Universidad de Muenster. Alemania.

· Instituto de Filosofía del Derecho y de Informática Jurídica. Universidad de Munich.

 ARGENTINA:

· Instituto de Informática Jurídica. Universidad Del Salvador.

· Estudio Jurídico Ambrosini.

 AUSTRIA:

· Centro de Investigación para el Derecho y la Informática. Universidad de Viena.

 BÉLGICA:

· Celulle Interfacultaire de Technology Assessment. CITA.

· Centro de Informática aplicada al Derecho. Universidad Libre de Bruselas.

· Centro de Investigaciones en Informática Jurídica. Universidad de Namur.

· Centro para el Derecho y las Tecnologías de la Información. Universidad de Lovaina.

 BRASIL:

· Universidad Federal Santa Catalina. Centro de Ciencias Jurídicas. Laboratorios de Informática Jurídica.

· División de Documentación Jurídica e Informática. Divisao de Documentacao Juridica e Informatica.

 CANADÁ:

· Centro de Investigaciones en Derecho Público. Universidad de Montreal.

 CHILE:

· Centro de Informática Jurídica de la Facultad de Derecho Pio Nono1

· Facultad de Derecho de la Universidad de Chile.

 ESPAÑA:

· Instituto Español de Informática y Derecho. Universidad Complutense de Madrid.

· Instituto de Informática Jurídica. ICADE-Universidad Pontificia Comillas.

· Seminario de Informática y Derecho. Universidad de Zaragoza.

 ESTADOS UNIDOS:

· Instituto para la Ley del Ciberespacio. Universidad de Georgetown.

· Chicago-Kent Centro para el Derecho y la Informática. Universidad de Kent.

· Centro para el Derecho de las Tecnologías de la Información y la Privacidad. J.M.F.Escuela de Derecho.

· Instituto para el derecho y la Tecnología. Universidad de Dayton.

· Centro para la Enseñanza del Derecho asistida por Ordenador.

· Law and Technology. Stanford Law School. California.

 FRANCIA:

· Instituto de Investigaciones y de estudios para el tratamiento de la Informática Jurídica. IRETIJ.

Universidad de Montpellier.

 GRAN BRETAÑA:

· Queen Mary & Westfield College. Unidad de Derecho Y TI. Universidad de Londres.

· Centro para el Derecho y la Informática. Universidad de Durham.

· Centro para el Derecho y la Tecnología. Universidad de Warwick.

 HOLANDA:

· Katholieke Universiteit Leuven. Centre for Law and Information Technology. Dutch.

 ITALIA:

· Centro Interdepartamental de Investigación en Filosofía del Derecho e Informática Jurídica."Hans

Kelsen". Univ. Bolonia.

· Instituto Para la Documentación Jurídica. Consejo Nacional Para la Investigación. Italia.

· Luiss University. Italia.

 MÉXICO:

· Universidad Nacional Autónoma de México. Instituto de Investigaciones Jurídicas.

· Institutos de Investigaciones Jurídicas UNAM. Derecho Informático.

 NORUEGA:

· Centro Noruego para la Informática y el Derecho. Oslo.

· Instituto de Informática Jurídica de la Universidad de Oslo.

 PAÍSES BAJOS:

· Centro para el Derecho y la Informática. Universidad Erasmo de Rotterdam.

· Informática y Derecho en la Universidad de Leiden.

· Sección de Derecho y Tecnología. Universidad de Eindhoven.

· Instituto para el Derecho de la Información. Universidad de Amsterdam.

· Centro para el Derecho, la Administración Pública y la Informatización.

· Departamento de Informática y Derecho. Universidad de Ámsterdam.

· Sección de Derecho y Las Tecnologías de la Información. Universidad de Nijmegen.

· Sección de Informática Jurídica. Universidad de Groningen.

· Departamento de Metajurídica. Sección de Informática y Derecho. Universidad de Limburg.

 PARAGUAY

· UNIVERSIDAD NACIONAL DE ASUNCIÓN – FDyCS – CICyT

· APADIT – Asociación Paraguaya de Derecho Informático y Tecnológico

 PERÚ:

· Universidad de Lima. Derecho Informático.

 SUECIA:

· Instituto de Informática Jurídica. Universidad de Estocolmo.

 URUGUAY:

· Centro de Investigaciones en Informática Aplicada al Derecho. CINADE.

 VENEZUELA:

· Universidad del Zulia. Instituto de Filosofía del Derecho Dr. José Manuel Delgado Ocando.

Sección de Informática Jurídica.

· Universidad Rafael Belloso Chacín. Escuela de Derecho. Seminario de Informática Jurídica.

· Universidad Rafael Belloso Chacín. Centro de Investigaciones Jurídicas. Sección de Informática

Jurídica.

· Universidad de los Andes. Sección de Investigación de Informática Jurídica.

 

4. ORGANISMOS RELACIONADOS.

 CANADÁ:

· Asociación Quebequesa para el desarrollo de la Informática Júridica. Quebec.

· Sociedad Canadiense para el desarrollo de la Informática Jurídica.

 ESPAÑA:

· Asociación para la Prevención y Estudio de Delitos Abusos y Negligencias en Informática y Comunicaciones Avanzadas. APEDANICA.

· Agencia de Protección de Datos.

· Federación Iberoamericana de Asociaciones de Derecho e Informática. Uned-Mérida.

· Asociación Española para la Codificación Comercial.AECOC.

· Asociación Española de Derecho de las Telecomunicaciones y T.I. ADETI.

· Asociación Española de Empresas de Tecnologías de la Información. SEDISI.

· Fundación Para el Desarrollo Social de las Comunicaciones. FUNDESCO.

 ESTADOS UNIDOS:

· Centro para el Derecho y la Tecnología de la universidad de Stanford.

· Asociación para el Derecho Informático y Derecho en Internet. Universidad de Florida.

· Asociación para el Derecho y la Tecnología. Universidad de Florida.

· Asociación de Derecho Informático.

 FRANCIA:

· Asociación Francesa para el Desarrollo de la Informática Jurídica.

 GRAN BRETAÑA:

· Asociación Británico-Irlandesa de Informática y Derecho.

· CHASQUI. Red académica para la Informática y el Derecho.

 PAÍSES BAJOS:

· Plan Nacional de Tecnologías de la Información y Derecho. Gobierno Holandés.

 5. CONCLUSIONES

Por lo tanto, no hay excusa, ni siquiera en un país donde el grado de informatización sea bajo para que se obvie la posibilidad de hablar del derecho informático como rama jurídica autónoma del derecho, si bien se puede llegar a ella, no sólo por la integración de las normas jurídicas, sino también por la hetero-aplicación, cuando en un sistema jurídico existan vacíos legales al respecto, porque es de tomar en cuenta que ante el aumento de las ciencias de dogmática-jurídicas, el Derecho es un todo unitario, puesto que las normas jurídicas están estrechamente vinculadas entre sí ya sea por relaciones de coordinación o de subordinación, con lo que se concluye que para la solución de una controversia con relevancia jurídica, se puede a través de la experiencia jurídica buscar su solución en la integración de normas constitucionales, administrativas, financieras, entre otros o llegar a la normativa impuesta por convenios o tratados internacionales que nos subordinan a la presión supranacional.

6. DEBATE (para la Reflexión y la Crítica)

¿Qué es la Informática Jurídica?

Respuesta de Pérez Lúño, Antonio Enrique,

"Ensayo de Informática Jurídica", Editorial Distribuciones Fontamar, México.

Es una disciplina bifronte en la que se entrecruzan una metodología tecnológica con sus posibilidades y modalidades de tal aplicación. La informática jurídica estudia el tratamiento automatizado de: las fuentes del conocimiento jurídico a través de los sistemas de documentación legislativa, jurisprudencial y doctrinal (informática jurídica documental);las fuentes de producción jurídica, a través de la elaboración informática de los factores lógico-formales que concurren en proceso legislativo y en la decisión judicial (informática jurídica decisional); y los procesos de organización de la infraestructura o medios instrumentales con los que se gestiona el Derecho (informática jurídica de gestión).

¿Qué es el Derecho Informático?

Respuesta de Pérez Lúño, Antonio Enrique,

"Ensayo de Informática Jurídica", Editorial Distribuciones Fontamar, México.

Es el sector normativo de los sistemas, dirigido a la regulación de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación, es decir, la informática y la telemática. Asimismo integran el Derecho Informático las proposiciones normativas, es decir, los razonamientos de los teóricos del Derecho que tienen por objeto analizar, interpretar, exponer, sistematizar o criticar el sector normativo que disciplina la informática y la telemática. Las fuentes y estructura temática del Derecho Informático afectan las ramas del Derecho Tradicionales. Asimismo se inscriben en el ámbito del Derecho Público: El problema de la regulación del flujo internacional de datos informatizados, que interesa al derecho internacional público; la Libertada Informática, o defensa de las libertades frente a eventuales agresiones perpetradas por las tecnologías de la información y la comunicación, objeto de especial atención por parte del Derecho Constitucional y Administrativo; o los delitos informáticos, que tienden a configurar un ámbito propio en el Derecho Penal Actual. Mientras que inciden directamente en el Ámbito del Derecho Privado cuestiones, tales como: Los contratos informáticos, que pueden afectar lo mismo al hardware que al software, dando lugar a una rica tipología de los negocios en la que pueden distinguirse contratos de compraventa, alquiler, leasing, copropiedad, multi-contratos de compraventa, mantenimiento y servicios; como los distintos sistemas para la protección jurídica de los objetos tradicionales de los Derechos Civiles y Mercantiles. Ese mismo carácter interdisciplinario o "espíritu transversal", que distingue al derecho informático, ha suscitado un debate teórico sobre: si se trata de un sector de normas dispersas pertenecientes a diferentes disciplinas jurídicas o constituye un conjunto unitario de normas (fuentes), dirigidas a regular un objeto bien delimitado, que se enfoca desde una metodología propia, en cuyo supuesto entraría una disciplina jurídica autónoma.

¿EL DERECHO INFORMÁTICO Y LA INFORMÁTICA JURÍDICA SON SISTEMAS INDEPENDIENTES, DEPENDIENTES O INTERDEPENDIENTES?

Son sistemas dependientes ya que ni la informática jurídica ni el derecho informático podrían existir el uno sin el otro.  Teniendo en cuenta que la informática jurídica esta basada en la utilización de elementos electrónicos en el derecho informático.